Fiscalidad del “Carried Interest”

20 de diciembre de 2023

Con efectos desde el 1 de enero de 2023 la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, introdujo una modificación en la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas (IRPF) (disposición adicional quincuagésima tercera —DA 53ª—) en la que se regula el tratamiento fiscal del denominado carried interest a efectos del IRPF

El Consejo de Ministros ya ha remitido al Congreso el texto del Proyecto de Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes.
Dicho texto, añade, en su Disposición Final Tercera, una nueva Disposición Adicional Quincuagésima Primera a la Ley de IRPF, que pretende regular lo que comúnmente se ha venido en denominar en el sector del capital riesgo como el “carried interest” (en palabras del legislador, rendimientos “obtenidos por la gestión de fondos vinculados al emprendimiento, a la innovación y al desarrollo de la actividad económica”). 
Así, el Proyecto confirma la tributación del carried interest como renta del trabajo en sede del IRPF, si bien estableciendo una reducción del 50% sin limitación cuantitativa aparente (alineándose con el régimen existente en países de nuestro entorno como Alemania y, dentro de nuestro territorio, como en Vizcaya y en Álava). 

De conformidad con el texto del Proyecto, tendrán la consideración de rendimientos del trabajo los derivados de participaciones, acciones u otros derechos que otorguen derechos económicos especiales en las entidades de inversión incluidas en la Ley de Entidades de Capital-Riesgo (Ley 22/2014, de 12 de noviembre) y/o en otros organismos de inversión análogos (que no se hallen en una jurisdicción no cooperativa), obtenidos por sus administradores, gestores o empleados de dichas entidades (o de sus entidades gestoras u otras entidades de su grupo). 
Estos rendimientos se integrarán en la base imponible en un 50% de su importe, siempre y cuando (i) los derechos económicos especiales estén condicionados a que los restantes inversores en la entidad obtengan una rentabilidad mínima garantizada y (ii) las participaciones, acciones o derechos se mantengan durante un período mínimo de cinco (5) años.

Aunque a este proyecto de norma le queda aún un largo camino parlamentario por recorrer, y además el texto plantea alguna duda (por ejemplo, ¿La calificación a efectos de IRPF vincula la calificación a efectos de IS? ¿Incluye las retribuciones de administradores de las Gestoras? ¿Cómo aplica la limitación temporal? ¿La calificación vincula al carried interest pasado?, etc.), se trata de una noticia esperanzadora en un campo donde la incertidumbre jurídica en cuanto a la eficiencia fiscal del citado carried interest ha reinado durante muchos años.
Es una buena noticia para el sector de la gestión de fondos de inversión alternativa, y para la economía y competitividad de España en general.

Por Lorena Masiá 19 de junio de 2023
Con esta nueva ley, se busca impulsar el emprendimiento y la innovación en el país, con medidas específicas para fomentar la creación de empresas innovadoras y tecnológicas. En este artículo, hablaremos sobre las principales novedades de la Ley de Start Ups y cómo pueden afectar a las empresas, desde la perspectiva de los abogados de "Masiá Abogados". Novedades de la Ley de Start Ups: Fomento de la inversión en Start Ups: Una de las principales novedades de la Ley de Start Ups es el fomento de la inversión en Start Ups. Para ello, se han establecido medidas para incentivar la inversión privada en empresas emergentes, como la reducción de la tributación en las plusvalías obtenidas por la venta de acciones de Start Ups y la creación de un régimen fiscal específico para las inversiones en Start Ups. Desde "Masiá Abogados" consideramos que estas medidas son muy importantes para fomentar el emprendimiento y la inversión en empresas emergentes, ya que proporcionan un marco fiscal favorable para los inversores y reducen los riesgos asociados a la inversión en Start Ups. Fomento de la innovación y la tecnología: La Ley de Start Ups también busca fomentar la innovación y la tecnología en el país. Para ello, se han establecido medidas para facilitar la transferencia de tecnología y el acceso a financiación para proyectos de innovación y tecnología. Además, se han creado incentivos para la creación de spin-offs y se ha establecido un régimen fiscal específico para la propiedad industrial y la propiedad intelectual. Simplificación de trámites administrativos: La Ley de Start Ups también busca simplificar los trámites administrativos para la creación de empresas emergentes. Para ello, se han establecido medidas para la creación de un régimen jurídico específico para las Start Ups, que simplifica los trámites para la creación y la gestión de este tipo de empresas. Estas medidas son muy importantes para fomentar la creación de empresas emergentes, ya que reducen los costes y los tiempos asociados a la creación y gestión de estas empresas. Conclusión: En resumen, la nueva Ley de Start Ups representa un importante cambio en el marco jurídico para las empresas emergentes en España. Con esta ley, se busca impulsar el emprendimiento y la innovación en el país, con medidas específicas para fomentar la creación de empresas innovadoras y tecnológicas. Estas medidas son muy importantes para fomentar el emprendimiento y la innovación en Barcelona y en el resto del país.
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